Reglamento para el trámite de autorizaciones del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreacion

Servicios

NUEVO REGLAMENTO DE AUTORIZACIONES PARA EVENTOS DEPORTIVOS Y RECREATIVOS
Con el objetivo de regular el trámite de autorizaciones que otorga el Icoder, como requisito solicitado a organizaciones deportivas y recreativas, por diversas entidades públicas como el MOPT, el Ministerio de Salud y las municipalidades, para la realización de eventos en el país, ha entrado en vigor su correspondiente reglamento, de acatamiento obligatorio.
Dicho reglamento, aprobado por el Consejo Nacional del Deporte y la Recreación con el fin de dar un sustento jurídico a los requisitos que las diversas entidades públicas soliciten a las personas físicas y jurídicas que organicen eventos deportivos y recreativos, fue publicado este jueves 11 de mayo de 2023 en el Alcance Nº 84 del Diario Oficial La Gaceta Nº 82.
La normativa debe ser cumplida por todas las personas físicas y/o jurídicas que requieran como trámite previo contar con una autorización del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación para la organización de eventos deportivos y recreativos en el país.
En el documento se establece que para obtener la autorización para la realización de eventos deportivos y/o recreativos, el organizador deberá entregar al Departamento de Deporte y Recreación del Icoder los siguientes requisitos:

  1. Formulario de solicitud de autorización de evento deportivo y/o recreativo debidamente completado.
  2. Cédula de identidad, o en el caso de personas extranjeras del documento de identidad Migratoria DIMEX (libre condición) del representante legal de la entidad que organizará el evento, la cual será verificada por el Icoder.
  3. La personería jurídica de la entidad deportiva que organizará el evento será verificada a lo interno por el Icoder.
  4. Estar al día en el pago de las obligaciones con la CCSS y Fodesaf, estatus que será verificado por el Icoder.
  5. Oficio de la Entidad Deportiva de Representación Nacional otorgando el aval para el evento deportivo que se desea realizar, con la valoración si ese evento cuenta o no con una proyección nacional y/o internacional. Será el mismo caso cuando el evento deportivo sea de una disciplina deportiva que no cuente con una Organización Deportiva de Representación Nacional o bien este sea recreativo.
  6. Plan de operaciones del evento, el cual debe contener la descripción detallada del evento, el o los lugares de celebración, el cronograma de actividades, cantidad aproximada de participantes y especificar el horario, la fecha de inicio y finalización del evento.
  7. Plan operativo de atención prehospitalaria de la empresa que prestará sus servicios en el evento.
  8. Copia de póliza básica de accidentes suscrita por la empresa de seguros contratada, donde se indique que se cubrirá la actividad y el monto de cobertura, el cual no podrá ser menor a cuatro salarios mínimos de un funcionario del Poder Judicial.
  9. Copia de la póliza de seguro suscrita por la empresa de seguros contratada de responsabilidad civil contra terceros.
  10. En caso de eventos deportivos y/o recreativos que utilicen vías públicas nacionales, rutas cantonales o de recorrido mixto tendrá que aportarse croquis y la descripción del recorrido, donde se indiquen las rutas a utilizar.
  11. En caso de eventos deportivos y/o recreativos que se realicen en diferentes cuerpos de agua (cualquiera que sea el deporte o modalidad a desarrollar), tendrá que aportarse ante el Icoder un oficio donde conste la información del evento deportivo que incluya, localidad, entidad organizadora, persona responsable, horarios de competencias, póliza suscrita, servicios extra hospitalarios que cubrirán el evento, plan de seguridad previsto y cantidad de personas que se esperan como público, con un mes de antelación al evento con el fin de que el organizador comunique a la Dirección de Navegación y Seguridad de la División Marítimo Portuaria del Ministerio de Obras Públicas para que realice las comunicaciones formales a la capitanía de puerto y de esta forma hacer de conocimiento de los capitanes de barcos.
    El reglamento indica, además, que las solicitudes deberán presentarse al menos 90 días naturales antes del evento deportivo y/o recreativo y que podrán entregarse de forma física en el Departamento de Deporte y Recreación del Icoder o por medio de la dirección de correo electrónico autorizacion.eventos@icoder.go.cr
    Recibida la solicitud, la gestión se le asignará a una persona funcionaria del Departamento de Deporte y Recreación del Icoder, la cual tendrá diez días naturales para realizar la verificación de todos los requisitos solicitados. En caso de que el organizador cumpla a cabalidad con lo solicitado, la gestión se trasladará a la jefatura del Departamento de Deporte y Recreación para que en un plazo de cinco días naturales emita la autorización del evento deportivo y/o recreativo y sea comunicado al correo electrónico fijado por el organizador para recibir notificaciones.
    En caso de que el organizador no haya presentado los requisitos completos o existan requisitos por subsanar o aclarar, la persona funcionaria del Departamento de Deporte y Recreación le otorgará al organizador un plazo de diez días hábiles para que subsane lo solicitado. Luego de subsanada, la gestión se trasladará a la jefatura del Departamento de Deporte y Recreación para que en un plazo de cinco días naturales emita la autorización del evento deportivo y/o recreativo y sea comunicada al correo electrónico fijado por el organizador para recibir notificaciones. Sin embargo, en caso de que el organizador no subsane lo solicitado en el plazo indicado se archivará la gestión correspondiente.
    El reglamento también indica que el Departamento de Deporte y Recreación deberá de clasificar el evento deportivo y/o recreativo dentro de una de las siguientes proyecciones:
  12. Eventos sin proyección nacional e internacional. Son eventos deportivos y/o recreativos que no cuentan con una relevancia a nivel nacional e internacional para el desarrollo de la respectiva disciplina deportiva.
  13. Eventos de proyección nacional. Son eventos deportivos y/o recreativos que son calendarizados y avalados por una EDRN que cuentan con una trascendencia a nivel nacional para el desarrollo de la respectiva disciplina deportiva.
    • Evento de proyección internacional. Son eventos deportivos y/o recreativos avalados por una Federación Internacional, que cuentan con una trascendencia a nivel nacional e internacional para el desarrollo de la respectiva disciplina deportiva y que tienen un impacto a nivel nacional en beneficio del turismo nacional y de la imagen del país como huésped del evento.
      El reglamento completo está disponible en el portal institucional, y se puede descargar en el enlace https://icoder . go.cr/documentos /. func- startdown/
    • 3337 /.

Tags:

No responses yet

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Latest Comments

  1. Si todavía tengo interés

  2. Buenos días José Enrique, disculpa pero el sistema paso su correo como SPAM, sin embargo al realizar una revisión manual…

  3. Hola Buenos días, soy un joven de 18 años y me gustaría promover la paractica de Jujitsu en el Cantón…